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Descertificación del sexo/género, una demanda feminista ‘queer’
Incluir un tercer marcador (o una gama de opciones) de género en los documentos oficiales es un parche que no va a la raíz del problema y que crea otros a las personas no binarias. Mientras el Estado registre la identidad de género, también controlará sus fronteras.
«Mientras la ley se niegue a ir más allá del marco obligatorio masculino/femenino (o incluso masculino/femenino/otro), será cómplice de la defensa de las consecuencias no deseadas del sistema cultural heterosexual de género, que afectan a todas las personas de cualquier género o rasgo físico»
Ariël Decoster y Pieter Cannoot
La nueva Ley Trans de 2023 ha fallado a las personas no binarias al excluirlas de la ley. O, como dijo en su día Darko Decimavilla en un artículo en El Salto: “El 22 de diciembre 2022, día en el que el Congreso aprobó el Proyecto de Ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, será una fecha que las personas no binarias no olvidaremos. Es la fecha en la que se volvieron a olvidar de nosotres.”
Pero quizás deberíamos ir más allá. En el debate sobre la Ley Trans se planteó incluir un tercer marcador de género, algo que al final no se hizo, por la resistencia del feminismo transexcluyente dentro de los partidos de la coalición. Tampoco tuvo éxito una enmienda de Unidas Podemos, ERC, EH Bildu, Junts, BNG, PdeCAT, PNV, Más País, Compromis y Coalición Canaria para poder omitir el marcador de género en el DNI.
Aunque yo he luchado cinco años en los tribunales para conseguir que la Policía Nacional respete mi marcador de género ‘X’ en el pasaporte de mi país de origen – y ganado con una sentencia pionera en enero de 2023 – no veo la inclusión de un tercer marcador de género como la solución. Sigue siendo un parche a un sistema – la inscripción del sexo/género – que es inherentemente injusto y solo sirve para mantener el statu quo cisheterosexual y binario. En este artículo quiero argumentar por qué la descertificación del sexo/género no solo debería ser una demanda del movimiento trans y no binario, sino del feminismo en general.
Más marcadores de género, más problemas
En la última década, una veintena de países han introducido un tercer marcador de género, en respuesta a demandas de personas no binarias, intersex o de identidades de género originarias fuera del binario occidental -países como India (hijra), Nepal, Pakistan (khwaja sara) o Thailand (kathoey), que reconocen sus respectivas identidades tradicionales-. También, instituciones internacionales como el Consejo de Europa o la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos de las Naciones Unidas exigen una tercera opción, o varías opciones más allá de “hombre” y “mujer”.
Por ejemplo, la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, en su resolución 2191 (2017), llama a los Estados miembros a “garantizar, siempre que las autoridades públicas utilicen clasificaciones de género, que todas las personas, incluidas las personas intersexuales que no se identifican ni como hombres ni como mujeres, dispongan de una gama de opciones”. Es decir, no se trata de un tercer marcador de género, sino de “una gama de opciones”. O, como dicen Ariël Decoster y Pieter Cannoot en un articulo publicado en el International Journal on Gender, Sexuality and Law, una singular tercera casilla ya no es suficiente para cumplir con los requerimientos del derecho a la autodeterminación del género.
De hecho, Alemania tiene cuatro opciones: “hombre”, “mujer”, “no especificado (blanco)” y “diverso”, con las últimas dos representadas en el pasaporte con una ‘X’. El estado australiano de Tasmania va todavía más lejos. En este estado, una persona puede no solo elegir un tercer marcador de género (‘X’ – no binario), sino también elegir un término o una frase que describe su identidad de género. Aunque con una limitación importante: la persona responsable del registro civil tiene que aceptar el termino o la frase elegida. Incluso en Tasmania, el Estado no quiere perder el poder de definición sobre el sexo/género de una persona.
Pero quizás añadir más marcadores de género genera más problemas que soluciona. Es cierto, marcadores de género más allá de “hombre” y “mujer” significan un reconocimiento legal y más visibilidad para las identidades que se salen del binario. Hasta aquí, bien.
Pero tener un marcador ‘X’ en documentos identificativos dificulta a las personas que lo tienen practicar el cis-passing o enmascaramiento, es decir, pasar desapercibidas como “hombre” o “mujer” en situaciones en las que tienen que mostrar un documento identificativo o en cualquier contacto con una administración que mantiene la información del sexo/género según el registro civil. El cis-passing es una estrategia de protección que la gran mayoría de las personas no binarias practica frecuentemente por su seguridad. Una ‘X’ en documentos identificativos saca a las personas por fuerza del armario, si lo quieren en este momento o no, y las expone al riesgo de una discriminación eñébefoba.
En este sentido, la situación de personas no binarias es distinta a la de hombres o mujeres trans, que con el cambio legal de su sexo/género pueden pasar desapercibidas si tienen suficiente cis-passing con su expresión de género. Al contrario, las personas con un marcador ‘X’ son señaladas como disidentes de género, “no normal” o peor. Lisa Braunschweig lo explica así: “La introducción de un tercer género bien podría concederles acceso a derechos básicos, pero también los reinscribirá en una identidad asignada y proporcionará los fundamentos jurídicos para una mayor regulación basada en esta identidad. Estas regulaciones pueden ser sociales y adoptar la forma de acoso moral y físico, violencia sexual y discriminación”.
La Comisión Consultiva Nacional de Ética Biomédica de Suiza señala en una opinión sobre el registro oficial del sexo/género de 2020 que “con cada nueva categoría se crean nuevas concepciones de la normalidad y, por tanto, también nuevas exclusiones, con lo que ciertas identidades se clasifican como legítimas y otras como ilegítimas.”
Como en Tasmania, donde al final un oficial del Registro Civil decide si un termino o una frase que describe la identidad de género de una persona es “válida”, el Estado mantiene el poder de definición de las categorías disponibles, de las “nuevas concepciones de normalidad”, de las identidades legitimas y ilegítimas.
A menudo se supone que las personas no binarias mayoritariamente quieren un tercer marcador de género. En la realidad este no es tan claro, y en el Estado español faltan estructuras de una comunidad no binaria para un debate sobre este tema. El Estudio sobre las necesidades y demandas de las personas no binarias en España solo preguntó quién utilizaría una tercera casilla si estuviera posible, y un 63 por ciento respondió que la utilizaría. Pero de esto no podemos deducir que se trata de la opción preferida. De hecho, según el mismo estudio, un tercio de les entrevistades vio “reconsiderar el registro y el uso del sexo para propósitos públicos (documentación identificativa, formularios administrativos, espacios públicos, etcétera)” como uno de los principales desafíos, seguido por “abordar el reconocimiento jurídico de realidades de género no binarias”. Preguntades por las principales medidas a abordar, “Eliminar el registro del sexo de los documentos identificativos y formularios administrativos” se quedó con 16,7 por ciento antes de “Incluir un marcador de ‘tercer registro’ en documentos identificativos y formularios administrativos” con 13,7 por ciento.
Según una investigación en el Reino Unido, la eliminación del sexo/género del registro civil es la opción preferida por muchas personas no binarias. El 57 por ciento de las personas no binarias respondieron que el sexo/género debería ser eliminado como estatus legal y un 78 por ciento estaban de acuerdo o muy de acuerdo con que “la identificación como masculino/femenino debería ser eliminada de certificados de nacimiento”. Una investigación en Suiza de Transgender Network Switzerland llegó a resultados similares: 54 por ciento de les encuestades prefirieron ningún marcador de género, aunque un 75 por ciento utilizaría un tercer marcador de género mientras el sexo/género siga siendo un campo obligatorio.
La descertificación del sexo/género como demanda feminista
Valeria Venditti dice en un artículo titulado “Gender kaleidoscope: Diffracting legal approaches to reform gender binary” (El caleidoscopio del género: Enfoques jurídicos difractantes para reformar el binario de género): “Los actuales relatos jurídicos del género tienden a ocultar su poder como concepto productivo y a producir la seductora ilusión de que el género es una marca estable que pertenece a la identidad del sujeto. El género tiende a considerarse como algo ‘profundamente arraigado en la personalidad de un individuo’, hasta el punto de que es posible establecer una analogía entre el género de un sujeto y su ‘capacidad para ser titular de derechos y deberes’”.
Esto lleva a Ariël Decoster y Pieter Cannoot a preguntarse si la inscripción del sexo/género es realmente conforme con el derecho a la autodeterminación del género. O, como dice también Dean Spade en Una vida normal, quizás la inscripción universal del sexo/género muy a menudo representa más un hábito inconsciente que una herramienta pertinente de gobierno.
El proyecto de investigación The Future of Legal Gender (El futuro del género legal) en el Reino Unido, que se planteó la eliminación del sexo/género legal, abordó el género “como un fenómeno social complejo que produce y organiza las categorías de mujer y hombre, y femenino y masculino, para configurar la vida de las personas, las leyes, las normas, los sistemas de intercambio, las interacciones y otros procesos de manera que crean diferencias y desigualdades”. En su informe final dice: “Registrar a las personas con un sexo legal, y la expectativa de que las personas tengan un género legal y social correspondiente, no sólo comunica lo que alguien es -que son de este género o sexo. También ayuda a formar su condición de sexo y género y cómo pueden identificarse. (…) Tratar a las mujeres y a los hombres como grupos jurídicamente distintos refuerza las leyes, las políticas y los supuestos culturales heteronormativos”.
En un artículo titulado “Abolishing gender registration: A feminist defence” (Eliminar la inscripción del género: una defensa feminista), Lisa Braunschweig argumenta que “los grupos sociales marginados reivindican la igualdad basándose en la categoría de identidad que es la fuente de su exclusión. Al hacerlo, dan nuevos significados a esta categoría, pero también reconducen las diferencias sociales que intentan abolir. La reivindicación de añadir una o varias casillas para la inscripción del género en los documentos de identidad y los formularios administrativos no escapa a esta paradoja de la emancipación. Este cambio legal proporciona a las personas no conformes con el género más derechos humanos básicos, al tiempo que deja casi intacto el binario de género generalizado y sus efectos discriminatorios para las personas no conformes, menores intersexuales y mujeres. También perpetúa la naturalización de las fronteras de género”. O, en palabras de AJ Wipfler, “mientras el Estado registre la identidad de género, también controlará sus fronteras”.
Como señalan Ariël Decoster y Pieter Cannoot, las prácticas de inscripción del sexo/género (especialmente cuando son obligatorias y binarias) convierten un régimen cultural particular de género en un régimen legal y así legalizan y legitiman desigualidades y efectos dañinos que vienen con este régimen de género.
Esto debería hacernos pensar, no solo a nosotres, las personas trans, no binarias, disidentes de género, sino a todas las personas feministas: ¿nos sirve simplemente poner un parche al sistema binario de género y dejar intacto el sistema en sí? Quizás deberíamos plantearnos otras opciones, como la descertificación del sexo/género, es decir, la eliminación del sexo/género de certificados de nacimiento, del registro civil, de documentos de identidad – la eliminación del sexo/género como una categoría legal que forma parte del estado cívico de cada persona.
Según la teoría de biopoder y biopolítica de Foucault, la mirada del Estado —la multitud de maneras en las que produce conocimiento sobre sus sujetos— se convierte en una estrategia de poder en sí misma. Ben Collier y Sharon Cowan dicen en un artículo publicado en Social & Legal Studies que “los desarrollos posteriores del concepto de biopoder hacen hincapié en cómo las categorías a través de las cuales se recogen los datos tienen el poder de moldear a las poblaciones tanto a nivel micro como a nivel macro, ya que se hace encajar a las personas en determinadas categorías y se refuerzan así los valores y las ideas que subyacen a estos sistemas de categorización”.
Ariël Decoster y Pieter Cannoot argumentan que el sistema cultural y heterosexual de género, hegemónico en su naturaleza, de forma generalizada regula muchos (si no todos) aspectos de la vida y el ser en el mundo de todos los cuerpos, incluso a través de medidas legales. La Ley ratifica y certifica ese régimen especifico de género, entre otros, a través de asignar un sexo a un individuo al nacer. Las políticas de la inscripción obligatoria (y binaria) del sexo/género por lo tanto constituyen la piedra angular de la legislación del sistema cultural heterosexual de género, que no solo produce la identidad femenina y masculina convencional (es decir, mujeres y hombres), sino también el sexo (hembras y machos).
Ido Katri se pregunta en un articulo titulado “Transitions in Sex Reclassification Law “(Transiciones en la Ley de reclasificación del sexo) qué se asigna exactamente al nacer, y dice que la respuesta sencilla sería “sexo”, y que la perspectiva común es que el sexo es natural y binario y corresponde a los genitales natales. “De hecho, la asignación de sexo al nacer, el proceso de distribución de un statu jurídico diferenciado de H/M, se basa en una característica específica: los genitales natales. El motivo de señalar esto no es simplemente el argumento de que los genitales natales son sólo uno de los muchos factores que indican de forma concluyente el dimorfismo sexual. Incluso si el dimorfismo sexual estuviera determinado de forma concluyente por los genitales externos, la delegación de la condición jurídica en relación con las diferencias biológicas presupone una diferencia inherente de importancia jurídica entre hombres y mujeres en cuanto a características, capacidades e inclinación hacia determinados rasgos o acciones”.
Al contrario, la descertificación del sexo/género “debilita la suposición que las divisiones de género son naturales, legales o deseables, y apoya formas diversas de auto-expresión e interacción a través de suavizar la fuerza de las normas y expectativas de género”, según les autores del informe final del proyecto The Future of Legal Gender.
Con la descertificación del sexo/género no desaparecerá el sistema de género, ni las discriminación patriarcal de mujeres y otras identidades “no hombres”. El sistema de género es al mismo tiempo un sistema jurídico y social, y la parte social del sistema se mantendría, esto sí, debilitada.
Respuestas desde una perspectiva de un feminismo queer
“Ha llegado el momento de reflexionar sobre queerear al Estado”, escribió Lisa Duggan en 1994 en un articulo titulado “Queering the State” (Queerear al Estado). Treinta años más tarde, esto es quizás todavía más importante. No obstante las avances del movimiento LGTBIQA+ y la aprobación de la Ley Trans y LGTBI en 2023, el sistema cisheteropatriarcal y el binarismo de género siguen siendo una base importante de nuestra sociedad.
Y, como dicen Ariël Decoster y Pieter Cannoot, este sistema, conscientemente o inconscientemente, afecta a todas las personas de forma negativa. “A pesar de que el registro de sexo/género puede proporcionar un escudo de legitimidad en la vida cotidiana a quienes se identifican como trans* y que decidieron modificar su sexo/género legal, avanzar en la justicia de género para todes exige abolir el registro obligatorio (binario) de sexo/género a largo plazo y es la única política verdaderamente respetuosa con el derecho a la autonomía de género”.
Entonces, ¿cuál puede ser la respuesta desde una perspectiva de un feminismo queer, tomando en cuenta la critica queer al registro del sexo/género y los problemas con una tercera casilla?
En su artículo de 1994, Lisa Duggan señala los problemas que conlleva traducir a la critica queer, basada en el constructivismo social y un rechazo de identidades sexuales o de género como fijas, “esencialistas”, en demandas concretas políticas en una sociedad que se basa en un sistema individualista liberal y un sistema de derechos que requiere identidades fijas y estables. Mientras la propuesta de Duggan es optar por un esencialismo estratégico (se podría entender la demanda de una tercera casilla como esencialismo estratégico), esto trae problemas.
Haciendo referencia a un articulo de Wendy Brown, “Suffering Rights as Paradoxes” (Sufriendo derechos como paradojas), Lisa Braunschweig argumenta: “El riesgo de los derechos específicos es que ‘nunca se despliegan libremente, sino siempre dentro de un contexto discursivo y, por tanto, normativo, precisamente el contexto en el que la mujer (y cualquier otra categoría de identidad) se itera y reitera”. Se trata de un contexto en el que el género está naturalizado, determinado biológicamente y concebido como un aspecto crucial de la propia subjetividad y corporeidad física, capaz de proporcionar la información necesaria sobre quién es une y cuál debe ser su lugar en el mundo. Las normas que regulan la identidad de género no sólo están naturalizadas y concebidas de forma rígida, sino que también operan con una concepción muy jerárquica. La categorización y la asignación de género se basan en normas culturales que clasifican a los individuos en dos grupos y les asignan valores y valías sociales diferentes”.
En vez de caer en esta trampa y perpetua el régimen cultural y binario del sexo/género, Lisa Braunschweig argumenta en favor de “remedios transformadores”, en palabras de Nancy Fraser. Fraser dice en un articulo publicado en New Left Review en 1995: “Por remedios afirmativos de la injusticia entiendo remedios destinados a corregir los resultados injustos de los acuerdos sociales sin alterar el marco subyacente que los genera. Por el contrario, con remedios transformadores me refiero a remedios destinados a corregir los resultados injustos precisamente reestructurando el marco generativo subyacente”.
En este sentido, podemos entender la descertificación del sexo/género como un remedio transformador, como una forma de reestructurar el “marco generativo subyacente”, que es la base de la injusticia. En la misma línea va el principio 31A de los Principios de Yogyacarta+10 de 2017, que también exige “poner fin al registro del sexo y el género de la persona en documentos de identidad como certificados de nacimiento, tarjetas de identificación, pasaportes y permisos de conducir, y como parte de su personalidad jurídica”.
Solo mientras sigue existiendo el registro obligatorio del sexo/género, exige “i. Garantizar un mecanismo rápido, transparente y accesible que reconozca legalmente y afirme la identidad de género con la que cada persona se identifica; ii. Tener disponibles múltiples opciones de marcadores de género; iii. Garantizar que ningún criterio de elegibilidad, tal como intervenciones médicas o psicológicas, diagnósticos médico-psicológicos, edad mínima o máxima, condición económica, salud, condición marital o parental, o la opinión de cualquier tercero; sea un prerrequisito para que una persona pueda cambiar su nombre, sexo legal o género”.
La Comisión Consultiva Nacional de Ética Biomédica de Suiza, una institución que difícilmente se puede cualificar como ‘lobby queer’, en su opinión de 2020 también llegó a la conclusión de que “la abolición completa del registro oficial de género, que señala el rechazo del Estado al binario de género, se enfrenta al reto de que la estructura binaria está profundamente arraigada en nuestra cultura y ampliamente aceptada, lo que la convierte en una cuestión muy delicada. La CNE reconoce explícitamente este reto. No obstante, en opinión de la Comisión, las consideraciones anteriores sugieren que la abolición del registro oficial del género es la solución preferible desde una perspectiva ética”.
O, como dice Benny, una de las personas no binarias entrevistadas en la investigación sobre las perspectivas de personas no binarias sobre eliminar el sexo/género legal: “Si podemos elegir, sería lo mejor, porque el hecho de que exista [el género legal] es lo que causa el problema. En realidad lo es. Está arraigado en formas de describir a personas que no son hombres, y no lo necesitamos. Ojalá pudiéramos hacerlo. Parece un sueño imposible. Ojalá pudiéramos”. Quizás este sueño no es tan imposible. Ojalá no lo sea.
Publicado en Pikara, 5 de febrero de 2025, https://www.pikaramagazine.com/2025/02/descertificacion-del-sexo-genero-una-demanda-feminista-queer/
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